Monopolio de la justicia

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De una charla con el director de El Heraldo de AGS. surgió el tema: ¿tiene la sociedad –los ciudadanos– la tarea de recuperar para sí “el derecho al derecho”?

Porque, ya es la hora, en la que debemos rechazar el arcaíco dogma keynesiano de que “todo derecho es del Estado”: un sistéma monopólico alejado de la realidad –y de la justicia– como agente igualador de la sociedad. El orden jurídico ha estado siempre al servicio de los que ejercen el poder público, pero en el México de nuestros días, del despeñadero, la situación llega a tales extremos que la ley ya no es un medio para establecer equilibrios o resolver conflictos, sino una mera pantalla –una trama legalista– para solventar la corrupción (las tres fiscalias acéfalas: general, electoral y anticorrupsión).

EL DERECHO. Nunca en nuestro país se ha establecido una raigambre popular ante la ley, sino solo lazos tenues, figuras retóricas que conducen a la nada y cuyo orígen ha sido la arcaica divisia monárquica del “acátese, pero no se cumpla” modernizada por la proclama juarista del: “para los fieles al régimen, los massonsitos, consideración y justicia; para los opositores, simplemente justicia”. Y para la Plebe, la conformidad parroquial.

Y es que el valor convencional de una norma de derecho depende de su concordancia con otras normas más generales, no de que exprese las convicciones de la población –como en los cantones suizos– cuya vida dice regular, porque la vigencia de un ordenamiento depende de que haya sido elaborado conforme al procedimiento fijado por otras reglas aplicables y cuente, al concluir los trámites, con los sellos y firmas necesarios ¡en tiempo y forma y por cuadruplicado!

En ningún caso importa si el proceso judicial logró frenar, promover o modificar los agravios a la vida social que pretende juzgar.

LA HISTORIA. En el siglo de la Atenas clásica –el derecho sirvió eficazmente para dirimir conflictos sin la participación de los expertos: solo el derecho natural y el sentdo común justiciero campeaba. El proceso penal ateniense proveía: sí el ofendido es un ciudadano, es él quién lo inicia. Sí se trata de una mujer o un menor, quien lo hace es el pater familia o el tutor. En el homicidio, le corresponde hacerlo a un pariente del muerto.

En los casos de traición a la patria, corrupción o sevicia pública, cualquier ciudadano puede presentar cargos en el Ágora. A quien le está vedado hacerlo es al gobierno de Atenas, en función de su papel de autoridad o árbitro. No había la amenaza de que “se sigue por oficio priista”.

La razón es que la democracia –el gobierno de, por y para el pueblo– se vería en peligro si el gobierno tuviera la posibilidad de actuar contra un ciudadano en ejercicio de sus libertades (el INE sancionando a los candidatos independientes con reglas infames). No deja de ser curioso que hoy pase exactamente lo contario: que inicie la acción penal el monopolio del Gobierno (Madrid vs Cataluña; Trife vs partidos):

“Es el ciudadano, no el fiscal o persecutor pagado por el erario, quien debe presentar las pruebas y los argumentos de su inocencia, hasta que la autoridad judicial pueda probar lo contrario”. ¡Primero la cárcel, y después averiguamos!

Demóstenes, y los demás oradores del Ática, escribieron la mayoria de sus discursos o alegatos, para que los dijeran otros. Es entonces cuando la justicia es democrática porque es el pueblo, el jurado, el que juzga a su pares. De allí la máxima ateniense:

“El gobierno no debe levantar la mano, la espada de Damocles, contra sus ciudadanos: su poder, enama de ellos”.

Continuará.

 

CORTEX

 

Comentarios

  1. Mabel

    7 noviembre, 2017

    Muy buen relato. Un abrazo Alfonso y mi voto desde Andalucía

  2. VIMON

    7 noviembre, 2017

    Totalmente de acuerdo, Alfonso. Saludos con mi voto.

  3. Esruza

    7 noviembre, 2017

    Tienes toda la razón Cortex, muy buen texto.

    Mi voto y saludos.

  4. Cortex

    8 noviembre, 2017

    Gracias a Mabel, VIMON y Esruza por sus amables votos y comentos.

    CORTEX

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